Por Absalón Opazo, El Ciudadano.
Junto a un grupo de organizaciones sociales, la Comisión interpeló a los tres Poderes del Estado para que «cada uno de ellos, en el marco de sus atribuciones, cumpla con sus obligaciones y enfrente debidamente la grave situación que afecta a los presos de la revuelta social y a los cientos de jóvenes formalizados que se encuentran a la espera de la dictación de una sentencia».
A través de una interpelación dirigida a los tres poderes el Estado, la Comisión Chilena de Derechos Humanos, junto a diversas organizaciones sociales, gremiales, de mujeres y de la sociedad civil en general, llamaron al Gobierno de Gabriel Boric a renovar la urgencia del proyecto de indulto a los presos de la revuelta, que se encuentra actualmente en el Senado.
«Las organizaciones de derechos humanos, de familiares de presos de la revuelta y organizaciones sociales firmantes de la presente Declaración, interpelamos a los tres Poderes del Estado a objeto que cada uno de ellos, en el marco de sus atribuciones, cumpla con sus obligaciones y enfrente debidamente la grave situación que afecta a los presos de la revuelta social y a los cientos de jóvenes formalizados que se encuentran a la espera de la dictación de una sentencia», señala el texto en su primer párrafo.
Seguidamente, solicitan al Gobierno que «patrocine y renueve la urgencia al Proyecto de Ley sobre Indulto General que se encuentra aún en primer trámite constitucional en el Senado, (Boletín N° 13.941-17), y reponga a través de indicaciones, las normas originales del Proyecto que permitan que todos los formalizados y condenados sean beneficiarios del Indulto General, sin exclusiones ni discriminaciones arbitrarias».
Asimismo, se interpela al Ministerio Público y al Poder Judicial para que se aceleren las investigaciones y se dicten prontas sentencias, recordando en este punto que muchos de los presos llevan más de dos años en calidad de formalizados sin que se haya dictado sentencia en juicio.
«Debemos recordar que el Estado y sus distintos poderes están obligados a cumplir con los estándares internacionales de derechos humanos en la materia, que establecen que toda persona tiene el derecho de no padecer un encarcelamiento arbitrario, lo que se sustenta en los principios in dubio pro libértate consagrado en el artículo 7.1 de la Convención Americana de Derechos Humanos; en la garantía plasmada en el artículo 7.5 de la misma Convención, respecto a que toda persona que se encuentre en prisión preventiva tiene derecho a ser juzgada dentro de un plazo razonable o ser puesta en libertad sin perjuicio de que continúe el proceso; y en el principio de presunción de inocencia, establecido en el artículo 8.2 del mismo instrumento internacional», manifestaron desde la Comisión.
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Fuente: El Ciudadano.