Por: Osciel Moya Plaza, Radio Universidad de Chile.
El presidente de la CCHDH, Carlos Margotta, afirmó que esperan que el máximo tribunal resuelva que la norma no se ajusta a los tratados internacionales. Esto, tras la absolución de cinco carabineros imputados por delitos durante el estallido social.
Organizaciones sociales, abogados y parlamentarios presentaron este viernes un requerimiento al Pleno de la Corte Suprema en el que solicitaron un control de convencionalidad y determine si la Ley Naín Retamal se ajusta a las obligaciones internacionales en materia de derechos humanos (para ver documento, acá).
La acción se da en el marco de la polémica normativa que entró en vigencia el pasado 10 de abril, cuya aplicación se efectuó por primera vez el jueves en el Tribunal Oral en lo Penal de Talagante, absolviendo a cinco carabineros acusados de apremios ilegítimos durante el estallido social.
El presidente de la Comisión Chilena de Derechos Humanos (CCHDH), Carlos Margotta, afirmó que esperan que el máximo tribunal “establezca que dicha ley no se ajusta los tratados internacionales, que le entrega facultades que están por sobre lo permitido por los estándares sobre la materia y declare que la norma hace al Estado de Chile incurrir en responsabilidad internacional, toda vez que está contrariando normas contenidas en los tratados que el Estado se obligó a respetar íntegramente”.
El jurista agregó que con este requerimiento “hemos querido reiterar nuestra inquietud por el hecho de que se están entregando amplias facultades a la institución (de Carabineros) en circunstancias en que todavía no se acoge la recomendación hecha por el Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos, en cuanto a la necesidad de realizar una profunda reforma a dicha institución que tenga como ejes centrales el respeto de los derechos humanos, el respeto de los valores democráticos y la necesaria rendición de cuentas”.
Margotta también lamentó que “todavía permanezca en el cargo el general director de Carabineros, Ricardo Yáñez Reveco, quien es imputado en distintas causas en crímenes contra los derechos humanos cometidos durante el estallido social”.
Por otro lado, el abogado expresó su preocupación porque a partir de la vigencia de la Ley Naín Retamal, “tres personas han sido muertas por la invocación de esta norma por parte de los funcionarios de Carabineros, en circunstancias bastante cuestionables, según lo han señalado los propios familiares y de acuerdo a las investigaciones judiciales que están en curso”.
“Hemos visto con preocupación que recientemente un tribunal de la República estableció que la Ley Naín Retamal se tenía que aplicar retroactivamente respecto de hechos ocurridos durante el estallido social y ha absuelto a cinco carabineros que habían sido formalizados por apremios ilegítimos y homicidio frustrado, falsificación de instrumento público, delito cometido en contra de una persona que se manifestaba durante el estallido y que padece de sordera”, señaló Margotta.
Ley retroactiva
En efecto, la resolución del Tribunal Oral en lo Penal de Talagante dado a conocer por el juez Alfonso Jove señala que “los funcionarios pueden defenderse de hechos al ver en riesgo su vida y de terceros”.
“Los acusados a la fecha de comisión de los hechos realizaban labores de función pública, repeliendo una acción que podía afectar su integridad física o derechamente la vida de los ocupantes de la patrulla GOPE”, señaló el magistrado.
Los cinco funcionarios de la subcomisaría de Padre Hurtado arriesgaban 18 años de cárcel por disparar contra un hombre de 49 años que padece de sordera en el contexto del estallido social.
Al respecto, el abogado Lorenzo Morales, de la Defensoría Popular, indicó que en este caso “era previsible y por eso en su momento se cuestionó esta ley Naín Retamal, porque tiene efecto retroactivo de acuerdo al Art. 18 del Código Penal. Sin embargo, las víctimas de esos fallos pueden recurrir al Tribunal Constitucional”.
Morales afirmó que ante el escenario de retroceso que vive el país en materia de derechos fundamentales, el jueves presentaron ante el Juzgado de Garantía de San Antonio una querella criminal en contra del funcionario de Carabineros, Patricio Vargas, por la muerte del joven David Toro en un procedimiento policial donde le dispararon en el rostro cuando se fugaba de un control por no contar con documentos al día para conducir.
Además, aseveró que la próxima semana “vamos a ir al Tribunal Constitucional y eso se debería dilucidar en esta instancia. Lamento el efecto que ha producido esto en la actividad de los abogados de derechos humanos, como también de la gente que se cree defensora de los derechos humanos y que está en el Parlamento”.
Por su parte, la diputada del Partido Comunista, Lorena Pizarro, expresó su “desprecio por una ley de este tipo”.
La legisladora indicó que la absolución de los cinco funcionarios policiales es “la nueva forma del decreto de Ley de Amnistía del dictador. Que vergüenza que en un país que se dice democrático hayamos sido capaces de instalar una ley de este tipo, es inaceptable”.
Por otro lado, Pizarro condenó el accionar de la policía uniformada contra las manifestaciones estudiantiles. “Es manga ancha para asesinar con absoluta impunidad, es lo que pudimos observar ayer nuevamente contra jóvenes protestando, menores de edad, sea cual sea el actuar que estén desarrollando no puede venir una fuerza especializada a agredirlos y a atacarlos como lo hizo. Esto es costumbre, sólo que ahora lo hacen con una ley que los favorece”, puntualizó.
Fuente de la nota: Radio Universidad de Chile.