Una sentencia de la Justicia de Chile absuelve a 61 agentes de la ex Policía secreta de la dictadura chilena (1973-1990) y condena a otros 42 sin cárcel por la denominada Operación Colombo, que resultó en la desaparición forzada de 119 personas. El fallo por uno de los casos más emblemáticos del país sobre derechos humanos causó polémica.
La llamada Operación Colombo, un elaborado montaje para matar y hacer desaparecer a 119 opositores de la dictadura cívico militar chilena, tuvo lugar en 1975. Y para concluir el plan se publicó una noticia falsa en la revista argentina Lea, creada especialmente para ese fin, y en el diario brasileño O Dia que entonces se reimprimió únicamente para difundir la información de que las víctimas habían sido asesinadas por sus propios compañeros debido a purgas internas.
La información fue reproducida por Agencia UPI y tres diarios chilenos de circulación nacional: La Tercera, El Mercurio y La Segunda. El objetivo de la intrincada operación de inteligencia era desacreditar las denuncias en tribunales sobre personas que habían sido detenidas y luego desaparecieron a manos de los servicios represivos de la dictadura.

Además, la falsa noticia acusaba de actos criminales a sectores de la izquierda para infundir temor a quienes continuaban resistiendo contra el régimen. El montaje comunicacional fue desbaratado años después a través de investigaciones judiciales que pudieron comprobar la estrategia articulada para ocultar la verdad.

Dolor e indignación

Cuatro décadas y media después, la octava sala de la Corte de Apelaciones de Santiago dictó fallo de segunda instancia respecto a los secuestros calificados de 16 de las 119 víctimas del operativo de la DINA. La decisión judicial absolvió a 31 agentes que habían sido declarados culpables en primera instancia como autores de los asesinatos, además de otros 30 anteriormente condenados como cómplices.

Por otro lado, en esta segunda instancia, la Corte condenó a 42 agentes de la DINA, pero ninguno irá a la cárcel, ya que fueron todos beneficiados con la libertad vigilada o remisión condicional de la pena. El fallo fue pronunciado por los ministros Juan Cristóbal Mera (mismo que ha perseguido al juez Daniel Urrutia) y Mireya López, y modificó de manera sustancial la sentencia de primera instancia dictada por el magistrado en visita Hernán Crisosto Greisse.
El fundamento de esta rebaja de las penas, y que permite que ninguno de los condenados por delitos de lesa humanidad cumplan ningún día de cárcel, es la aplicación a todos ellos de la atenuante de la irreprochable conducta anterior y de la media prescripción.
Para la presidenta de Agrupación de Familiares de Detenidos Desaparecidos de Chile (AFDD), Lorena Pizarro, en diálogo con Sputnik, este fallo resulta «inaceptable y es volver a insultarnos, a ofendernos, a perseguirnos y a golpearnos. Y es además muy doloroso. Qué haces con tanta impotencia de llevar tantos años exigiendo justicia y que al final un grupo de ministros vuelvan a expresar en un fallo su absoluta lealtad y defensa con la dictadura cívico-militar. Es extremadamente doloroso, pero también extremadamente indignante».

«Este fallo constituye un serio retroceso para la causa de los derechos humanos y un nuevo grave incumplimiento del Estado de Chile de sus obligaciones de establecer la Verdad, hacer Justicia y otorgar la debida reparación a las víctimas de las violaciones de derechos humanos ocurridas en dictadura», explica a Sputnik Carlos Margotta, presidente de la Comisión Chilena de Derechos Humanos (CCHDH).

Por Carolina Trejo Vidal, Sputnik Mundo.