Plataforma Internacional por los DDHH detalla las denuncias de infracciones electorales y uso irregular de recursos públicos en las elecciones en Ecuador

abril 15, 2025

En el marco de las denuncias de anomalías, irregularidades e ilegalidades en el proceso electoral ecuatoriano en el que las autoridades competentes dieron por ganador al candidato y presidente Daniel Noboa, numerosas organizaciones han la Plataforma Internacional por los Derechos Humanos emitió el siguiente comunicado:


DECLARACIÓN PÚBLICA

La Plataforma Internacional por los Derechos Humanos, instancia de coordinación que integran diversas organizaciones del continente americano, europeo y africano, expresa su preocupación por las irregularidades ocurridas durante el proceso electoral ecuatoriano, que configuran una grave vulneración a los principios democráticos de elección en condiciones de equidad para los candidatos y de respeto a los electores, sin intimidaciones ni exclusiones de ningún tipo.

1. La actuación del presidente – candidato Daniel Noboa durante las campañas de la primera y segunda vuelta, contraviene disposiciones claras del Artículo 93 del Código de la Democracia del Ecuador, que establece que, los dignatarios de elección popular que opten por la reelección inmediata deben hacer uso de licencia sin remuneración desde el inicio de la campaña electoral, situación que fue oportunamente observada por las misiones de observación electoral acreditadas para el proceso ecuatoriano.

2. El incumplimiento de esta normativa por parte del presidente – candidato Noboa, ha comprometido la equidad en el proceso electoral, y permitió el uso de recursos públicos y facultades presidenciales en favor de su propia candidatura, así como la participación de funcionarios públicos en actos proselitistas de entrega de bonos y obsequios, lo que transgrede las leyes electorales ecuatorianas. Estas situaciones irregulares han puesto a su candidatura en franca e ilegítima ventaja frente a la candidatura presidencial no oficialista.

3. El decreto presidencial No. 599 suscrito por el presidente Noboa, a 24 horas del inicio de la jornada electoral, declaró el estado de excepción por 60 días, en 7 provincias y dos cantones, incluido el Distrito Metropolitano de Quito, suspendió los derechos a la libertad de reunión, inviolabilidad de la correspondencia y de inviolabilidad de domicilio, lo que significa también una clara forma de intimidación a los votantes y de disuasión a cualquier forma de protesta social postelectoral.

4. A ello se suman también las medidas adoptadas por el Consejo Nacional Electoral a pedido del gobierno ecuatoriano, para prohibir -sin base legal alguna-, la toma de fotografías a las papeletas de los electores que voluntariamente deseen hacerlo, con multas desproporcionadas a quienes no acaten esa prohibición, así como la disposición de la autoridad electoral para que, los biombos que permiten el secreto del voto dentro del recinto electoral de acuerdo con la normativa correspondiente, sean colocados de manera invertida, lo que permite su observación pública.

5. Además, de acuerdo con lo expresado por las autoridades electorales en días previos al proceso electoral de la segunda vuelta, se cambió la ubicación de al menos 24 recintos electorales, lo cual afectó la participación completa y oportuna de los votantes.

6. Se reportó también la no habilitación de los recintos electorales en Venezuela, lo cual impidió la participación de miles de ecuatorianos registrados en ese país, decisión que vulneró sin justificación alguna los derechos de participación política de esa población electoral migrante.

7. Durante el proceso electoral se ha verificado también por parte de los miembros de las misiones extranjeras de observación electoral, las restricciones a la labor de varios de los delegados de las candidaturas en los recintos electorales, lo que pone en riesgo la transparencia y el adecuado control del proceso electoral por parte de las organizaciones políticas.

8. Es de dominio público que se ha denunciado por parte de la candidatura de la señora Luisa González, la existencia de actas procesadas por el Consejo Nacional Electoral en las que la página de resultados de cada acta no contiene las firmas de los miembros de la Juntas Receptoras del Voto, lo cual no permite verificar la autenticidad de las actas publicadas, lo que contraviene normas expresas del Código de la Democracia.

9. También se ha denunciado por parte de la candidatura de Luisa González, la existencia de graves inconsistencias estadísticas entre la votación recibida por ambos candidatos en los procesos de la primera y segunda vuelta presidencial, ya que esa candidatura tendría un incremento de apenas 0,40% entre ambas elecciones, en tanto que la candidatura de Daniel Noboa registraría un incremento del 11,43%. Esto sugiere una anomalía extraordinaria, que debe ser examinada por el organismo electoral, en aras de la transparencia del proceso, para responder a las acusaciones de fraude durante el proceso de votación y escrutinio, que se suman a las irregularidades señaladas durante todo el proceso electoral.

Con base en lo expuesto, la Plataforma Internacional por los Derechos Humanos solicita a los organismos electorales ecuatorianos, el Consejo Nacional Electoral (CNE), y el Tribunal Contencioso Electoral, TCE, así como a la Contraloría General del Estado (CGE), analizar las denuncias de infracciones electorales y uso irregular de recursos públicos cometidas por el candidato Daniel Noboa durante las campañas de la primera y segunda vuelta presidencial, que han puesto en riesgo la transparencia y equidad del proceso electoral ecuatoriano.

La Plataforma Internacional por los Derechos Humanos exhorta a la comunidad internacional a permanecer vigilantes del proceso electoral ecuatoriano y solicita realizar una auditoría forense internacional del mismo, con el aval de la Organización de los Estados Americanos (OEA) y la Organización de las Naciones Unidas (ONU), que permita garantizar la integridad del proceso electoral y la protección de los derechos políticos de los ciudadanos ecuatorianos.

PLATAFORMA INTERNACIONAL POR LOS DERECHOS HUMANOS

15 de abril de 2025.-