El organismo presentó un recurso de protección ante la Corte de Apelaciones de Valparaíso buscando que se decrete una Orden de No Innovar para que las autoridades se abstengan de darle aplicación y vigencia al documento llamado «Protocolo sanitario para un Plebiscito Nacional 2020 más seguro» desarrollado por el Servicio Electoral.
Por Tomás González F., Radio Universidad de Chile.
Este martes la Comisión Chilena de Derechos Humanos presentó un recurso de protección ante la Corte de Apelaciones de Valparaíso en favor de una persona contagiada de COVID-19 y que no podría votar en el venidero plebiscito constitucional del 25 de octubre. La acción de protección apunta en contra del Servicio Electoral de Chile -representado por su director nacional, Raúl García– y del presidente de su Consejo Directivo, Patricio Santa María. Esto, por “privar, perturbar y amenazar tanto el legítimo ejercicio de los derechos y garantías de igualdad ante la ley; como la libertad de emitir opinión”, a raíz del ‘Protocolo Sanitario Para un Plebiscito Nacional 2020 más seguro’ que emitió el Servel.
El paciente de iniciales S.C.S. comenzó con los primeros síntomas el pasado 12 de agosto, luego de mantener contacto estrecho con una persona contagiada de COVID-19. En un exámen PCR realizado el 15 de agosto resultó positivo y desde ese día inició su primera cuarentena. Al terminar los 14 días de confinamiento, el pasado 1 de septiembre se sometió a otro test PCR, el que arrojó positivo por segunda vez. Ante las dudas, cuatro días después, el 5 de septiembre, se realizó un tercer examen PCR, el que también arrojó positivo y lo obligó a someterse a una segunda cuarentena.
“Actualmente la certeza del recurrente es que el examen PCR’s ha resultado ‘POSITIVO’. Por lo que sus derechos invocados en la presente acción constitucional de protección se ven actualmente amenazados, de acuerdo con los preceptos del ‘Protocolo Sanitario Para un Plebiscito Nacional 2020 más seguro’ del Servicio Electoral de Chile, de fecha 31 de Julio de 2020, que constituye un acto de autoridad, y que no contiene definiciones claras sobre garantizar el derecho universal de sufragio”, sostiene el recurso presentado por la Comisión Chilena de DD.HH. ante la Corte de Valparaíso.
La acción busca obtener la protección de los derechos y garantías constitucionales de S.C.S., quien, según la Comisión, “al igual que todos los ciudadanos y ciudadanas con derechos sufragio en nuestro país, ve amenazada su posibilidad de concurrir a ejercer el sufragio en las próximas elecciones en razón de los dichos, declaraciones y actos administrativos del Servel, a través de su director nacional y del presidente del Consejo Directivo”.
A su vez, “considerando la amenaza relatada y la eventual infracción a un derecho fundamental”, la Comisión Chilena de DD.HH. solicitó al tribunal de alzada decretar una Orden de No Innovar al respecto, en donde se instruya a las autoridades respectivas que se abstengan de otorgar aplicación y vigencia al denominado “Protocolo Sanitario Para un Plebiscito Nacional 2020 más seguro” del Servicio Electoral de Chile.
Vea aquí el recurso de protección presentado por la Comisión Chilena de Derechos Humanos ante la Corte de Apelaciones de Valparaíso.
Fuente: Radio Universidad de Chile.