Declaración de la Comisión Chilena de Derechos Humanos (CCHDH) por el cumplimiento de 1 año desde el comienzo del Genocidio perpetrado en Gaza
Por Amor a la Vida y por Amor a la Paz ¡Israel debe ser detenido!
Se ha cumplido un año desde el inicio de una nueva escalada de violencia en el Levante, en la que el Estado de Israel ha socavado las posibilidades de dar cumplimiento a los “Acuerdos de Oslo” de 1993, demostrando su desinterés en reconocer a cualquier representante del pueblo palestino, incluido el Acuerdo Nacional Palestino, como un agente estatal legítimo. Mediante castigos colectivos, ataques indiscriminados contra civiles, detenciones ilegales sin juicios, apremios ilegítimos y la destrucción de toda la infraestructura civil en Gaza, Israel ha avanzado un paso más en su política genocida, acabando con la vida de entre el 5% y el 20% de la población palestina en el territorio gazatí.
Las medidas unilaterales y agresiones perpetradas por el Estado de Israel no solo son ilegales según la Resolución N°70/151 de las Nacionales Unidas sobre “Derechos Humanos y Medidas Coercitivas Unilaterales”, aprobada por la Asamblea General el 17 de diciembre de 2015, sino que además, por su desproporcionalidad, demuestran tener el claro objetivo de extender gravemente el tormento provocado a la población palestina a través de una verdadera guerra psicológica, apuntando a zonas residenciales e incluso a servicios básicos sanitarios, escuelas y edificios religiosos, con el pretexto de buscar a un supuesto enemigo cuyo rostro no es más que una ficción. Este “hombre de paja” le ha permitido al Estado de Israel justificar el exterminio indiscriminado de civiles, excusándose tras un presunto utilitarismo moral.
Toda argumentación a favor de la legítima defensa ante el ataque perpetrado por el grupo islamista de resistencia Hamas se desmorona al contrastarla con las diatribas deshumanizantes de las autoridades israelíes, que han calificado a los palestinos como “animales” e, incluso, han respaldado la violación y la violencia sexual como métodos válidos de interrogación y castigo a civiles palestinos, como revelan las declaraciones de Hanoch Milwidsky, diputado del Knesset (el parlamento de Israel), entre otros representes y voceros. La desproporcionalidad de la fuerza empleada por las llamadas Fuerzas de Defensa de Israel (FDI), así como las diversas agresiones a civiles, revelan una clara intención genocida, en línea con el artículo II de la Convención para la Prevención y Sanción del Delito de Genocidio de 1948 y el artículo 6 del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional.
Este año, el mundo se ha horrorizado constantemente al presenciar, a través de redes sociales, la violencia perpetrada por las fuerzas invasoras del Estado de Israel, divulgada incluso por sus propios miembros. Se han violado gravemente los artículos 3 de los Convenios de Ginebra I, II, III y IV, referentes a los heridos y enfermos, y a los prisioneros y civiles. El corte y posterior destrucción intencionada múltiples servicios básicos y médicos, junto con la interrupción del acceso a alimentos, medicinas, electricidad y otros elementos indispensables para una vida humana medianamente soportable, constituyen una violación flagrante de los artículos 55 y 56 del IV Convenio de Ginebra, configurando una política de castigo colectivo contra la población civil.
Además, los bombardeos indiscriminados a iglesias, parroquias y mezquitas centenarias revelan la paupérrima libertad religiosa en el Estado de Israel, tanto en su territorio soberano como en Palestina ocupada. El Estado ha sido cómplice, junto a agentes no gubernamentales, del saqueo, destrucción y quema de recintos religiosos cristianos y musulmanes, así como del acoso y agresiones físicas a líderes y fieles religiosos. Estas acciones confirman una clara voluntad de eliminar los elementos ajenos al proyecto de país impulsado por la coalición de extrema derecha del Likud y sus socios, que han embaucado y cooptado a la sociedad israelí.
Es innegable, a ojos de todos los pueblos, que estamos ante crímenes contra la humanidad, según el artículo 7 del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, que abarcan desde el asesinato y exterminio, la tortura y la violación, hasta el crimen de apartheid. Es claro que concurren la “imposición intencional de condiciones de vida, la privación de acceso a alimentos o medicinas, entre otras, encaminadas a causar la destrucción de parte de una población”, la provocación intencional de “dolor o sufrimientos graves, ya sean físicos o mentales, a una persona que el acusado tenga bajo su custodia o control”, o la imposición de “un régimen institucionalizado de opresión y dominación sistemáticas de un grupo racial sobre uno o más grupos raciales, y con la intención de mantener ese régimen”, de acuerdo a las letras b, e y h del 2° numeral de dicho artículo.
Por tanto, es tarea de toda la humanidad concurrir ante la Corte Penal Internacional, y es obligación de este tribunal no ceder ante las amenazas y presiones de grupos parlamentarios y altos funcionarios norteamericanos como John Bolton y Mike Pompeo. Al igual que se juzgaron los crímenes de diferentes autores materiales e intelectuales del Holocausto, la CPI debe juzgar y condenar a Benjamin Netanyahu y sus colaboradores para lograr el resarcimiento, la restauración y la reconciliación de los pueblos de Medio Oriente, reafirmando que la civilización humana no admite tintas grises ante la barbarie.
Exigimos a nuestro país, Chile, que continúe su colaboración con la causa judicial internacional iniciada por Sudáfrica, y siga el ejemplo de Colombia y Bolivia al cesar todas sus relaciones diplomáticas con Israel. Chile debe cumplir con sus compromisos ante el sistema internacional de Derechos Humanos, y colaborar en mecanismos de presión internacional como, entre otros, poner término a los contratos comerciales con Israel, del mismo modo en que múltiples países lo hicieron con el apartheid sudafricano.
Finalmente, recordamos a todos los ciudadanos israelíes y a la humanidad entera, tanto a civiles como a militares, que nadie está obligado en conciencia a obedecer leyes, normas, directrices u ordenes injustas. Las leyes injustas solo pueden ser respetadas para evitar mayores conflictos o controversias en la vida común y lograr la paz social. Bajo ningún motivo aquellas leyes deben ser aceptadas si contravienen la finalidad del Derecho, que es la protección y la promoción de la persona humana (Summa Theologiae I-II, 96, 4). Todos debemos oponernos tajante e intransigentemente a la barbarie imperial y genocida de Netanyahu y sus agentes del terror. La desobediencia y la resistencia ante un régimen de esta índole son justas y necesarias, y todos los manifestantes que levantan su voz contra el gobierno del Likud y sus aliados, gozan del legítimo derecho a la rebelión ante la tiranía (Summa Theologiae II-II, 42, 2, 3).