Por: Radio Universidad de Chile.

 

Fuente de la nota: Radio Universidad de Chile.

Declaración completa, a continuación:

 

COMUNICADO DE PRENSA
La Comisión Chilena de Derechos Humanos, querellante por Delitos de Fraude al Fisco; Negociaciones Incompatibles y Tráfico de Influencias cometidos en Chile con ocasión de la contratación y habilitación de inmuebles para su uso como residencias sanitarias, en el manejo de la Pandemia Covid-19, encontrándose imputados las ex autoridades LUIS ARTURO ZÚÑIGA JORY, JAIME JOSÉ MAÑALICH MUXI, y MIGUEL JUAN SEBASTIÁN PIÑERA ECHENIQUE, solicitó en el día de ayer, importantes diligencias a objeto de acreditar los delitos y la responsabilidad de los querellados.
En efecto, se solicitó ordenar la recopilación de antecedentes e investigación por parte del Servicio de Impuestos Internos (SII) de los hechos que constituyan delitos tributarios; la exhibición de correos electrónicos enviados, reenviados y/o recibidos desde la subsecretaria de redes asistenciales; el levantamiento del secreto bancario de los imputados, así como la realización de otras importantes diligencias en la investigación penal seguida ante el 7 Juzgado de Garantía de Santiago.
La solicitud se fundamenta, entre otros graves antecedentes, en la revelación de sendos Informes finales de Auditoría y sus respectivos oficios de seguimiento, emanados de la Contraloría General de la República, detectándose que en la contratación y habilitación del Centro de Convenciones Santiago S.A., (Espacio Riesco) no se efectuó análisis integral del proceso y de sus costos totales, lo cual impidió el correcto proceder en la determinación de los precios y en la verificación y control de las operaciones ejecutadas por la empresa, no garantizándose además, la ejecución de operaciones metódicas, económicas, eficientes y eficaces; la consecución de productos y servicios de calidad, y la preservación y el buen uso de los recursos públicos.
Asimismo, en la contratación de Hotel Tremo, se registraron autorizaciones de pago de $ 377.877.650 a Sociedad Inversiones, Inmobiliaria y Asesorías Ltda., por los servicios de hotelería, en ausencia de antecedentes que sustenten la recepción de los servicios pagados, es decir, información íntegra y exacta respecto de los ingresos, salidas y traslados de los residentes atendidos.
Reiteramos que el Estado chileno tiene el deber de investigar y sancionar los delitos de corrupción cometidos por sus autoridades, otorgando pleno cumplimiento a la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción y la Convención Interamericana contra la Corrupción.
De acuerdo a las normas del derecho internacional de derechos humanos, la corrupción compromete la estabilidad política de un país, y constituye una amenaza grave para la sostenibilidad de la democracia, reconociéndose por el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas (UN) “las consecuencias negativas que la corrupción generalizada tiene en el disfrute de los derechos humanos, entre ellas una disminución de los recursos disponibles para todos los sectores que obstaculiza la realización de todos los derechos humanos”.
Esperamos que se cumpla de manera efectiva la responsabilidad primordial del Estado de promover y proteger los derechos humanos, así como ejercer actos concretos y suficientes en la prevención y permanente lucha contra la corrupción.
Por tal razón, el ex presidente de la república Sebastián Piñera y los ministros, subsecretarios y demás autoridades bajo su mandato, deben responder penalmente por los delitos de corrupción, delitos tributarios, y aquellos cometidos contra la confianza pública que sean determinados por la justicia, evitando su Impunidad.
COMISION CHILENA DE DERECHOS HUMANOS
Santiago, 18 de Agosto de 2022.-