Por Mauricio Weibel Barahona. Publicado en CIPER Chile.

Para justificar la intervención de ese tribunal, uno de los principales argumentos es el cierre de 3.050 causas por violaciones a los derechos humanos que debían ser investigadas por el Ministerio Público y que están asociadas a las manifestaciones ocurridas desde octubre de 2019. La Corte Penal Internacional podría tardar años sólo en declarar la admisibilidad del recurso. La Asociación Americana de Juristas y el Centro di Ricerca ed Elaborazione per la Democrazia (CRED) también suscribieron el escrito, el que fue presentado este jueves a las 11:00 de Chile.

El ex juez español Baltasar Garzón, la Comisión Chilena de Derechos Humanos (CHDH), la Asociación Americana de Juristas (AAJ) y el Centro di Ricerca ed Elaborazione per la Democrazia (CRED), enviaron hoy un escrito a la fiscal general de la Corte Penal Internacional (CPI), la abogada Fatou Bensouda. El documento pide que ese tribunal investigue, acuse e inicie un juicio al Presidente Sebastián Piñera y a sus colaboradores civiles, militares y policiales, por “crímenes de lesa humanidad” que habrían sido “cometidos de manera generalizada y sistemática” –según señala el escrito– desde octubre de 2019.

“Los hechos acontecidos tras el estallido social revisten categoría, creemos, de crímenes de lesa humanidad. La denuncia ante la fiscalía de la Corte Penal Internacional quiere poner de manifiesto la impunidad que se esta viviendo en Chile”, remarcó Garzón a CIPER (vea el vídeo con su declaración).

El libelo, presentado este jueves a las 11:00 de Chile, argumentó en detalle que la corte internacional debe intervenir debido a que en nuestro país estos casos son erróneamente calificados como delitos comunes y su investigación ha sufrido demoras injustificadas y actuaciones que no se ajustan al principio de igualdad ante la ley.

(Los casos) son fraudulentamente calificados e investigados en Chile como delitos comunes, con el deliberado propósito en primer lugar, de sustraerlos de la jurisdicción de la Corte Penal Internacional y en segundo lugar, para preparar las condiciones que permitirían favorecer su posterior impunidad con la eventual aplicación de las reglas de la prescripción, o mediante la aplicación de posibles indultos, amnistías o leyes de punto final. Además, los organismos del Estado encargados de investigar y juzgar, como lo son el Ministerio Público y el Poder Judicial, han tenido una demora injustificada en la sustanciación de estos procesos y sus actuaciones no revisten la necesaria independencia e imparcialidad y el debido respeto por el principio de Igualdad ante la Ley. Todo ello hace procedente y necesario el ejercicio de la jurisdicción complementaria de la Corte Penal Internacional”. (vea el documento).

El presidente de la Comisión Chilena de Derechos Humanos, el abogado Carlos Margotta, señaló a CIPER que la medida busca sancionar a las máximas autoridades del país, incluyendo a los sucesivos ministros del Interior y Defensa, además de los generales directores de Carabineros.

“Los tribunales chilenos han incumplido su deber de administrar justicia”, ahondó.

La fiscal Bensouda, quien será reemplazada el 16 de junio por el británico Karim Khan, debiera definir en principio la admisibilidad de esta acción, para proceder al procedimiento investigativo. Pero esta etapa puede tardar años, incluso más de una década, como ocurrió en el caso de Colombia.

En detalle, la fiscalía de la Corte Penal Internacional debe analizar sucesivamente si los hechos son de su competencia, si hay motivos para sostener que hubo crímenes de lesa humanidad y, finalmente, si se cumplen los requisitos de admisibilidad, en especial el carácter complementario de este tribunal frente a la Justicia nacional, como explicó a CIPER la académica Claudia Cárdenas, experta en el tema. Esto último significa que la corte internacional solo opera si se demuestra que el sistema judicial chileno no cumple con sus obligaciones de investigar y sancionar este tipo de casos. Si estos supuestos se cumplen en el caso de una acusación como esta contra el Presidente Piñera y sus colaboradores, es un debate aún abierto entre destacados juristas (vea el subtítulo de este reportaje “Elementos para un debate”).

La decisión de llevar a Piñera y sus colaboradores civiles, militares y policiales a esta instancia comenzó a gestarse en enero de 2020, durante la visita de Baltasar Garzón a Chile como invitado del Foro Latinoamericano de Derechos Humanos, organizado por los senadores Alejandro Navarro, Adriana Muñoz (PPD) y Juan Ignacio Latorre (RD), miembros de la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara Alta.

Durante esos días, el abogado Carlos Margotta, a nombre de la Comisión Chilena de Derechos Humanos, concordó con el abogado español la idea de acudir a la Corte Penal Internacional. El acuerdo se selló en marzo de 2020, durante una visita del jurista chileno a la oficina de su colega en Madrid.

Desde ese día, Margotta y los abogados defensores de derechos humanos Yuri Vásquez, Carolina Cubillos y Pablo Corvalán trabajaron en la redacción del escrito, en coordinación con la Fundación Internacional Baltasar Garzón. Luego adhirieron la Asociación Americana de Juristas, presidida por Vanessa Ramos, y el Centro di Ricerca ed Elaborazione per la Democrazia (CRED), liderado por Fabio Marcelli (vea vídeo con declaraciones de Vanessa Ramos).

 

Fuente de la nota: Ciper Chile.