Por: Radio Universidad de Chile.

La acción se basa en que el asesinato de Francisco Martínez fue posible debido a la omisión, de parte de las autoridades de Gobierno, del cumplimiento de las recomendaciones que la Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas (ACNUDH) formuló en su Informe emitido el 13 de Diciembre de 2019.

La Comisión Chilena de Derechos Humanos solicitó al Séptimo Juzgado de Garantía, la ampliación de la querella por delitos de lesa humanidad en contra del Presidente de la República, Sebastián Piñera; del ministro del Interior, Rodrigo Delgado; del subsecretario del Interior, Juan Francisco Galli, del general director de Carabineros, Ricardo Yáñez, y contra todos aquellos que resulten responsables del homicidio de Francisco Martínez, el joven malabarista que perdiera su vida en Panguipulli producto de un disparo de Carabineros.

La acción, que fue declarada admisible, se basa en que el asesinato de Francisco Martínez fue posible debido a la omisión, de parte de las autoridades de Gobierno, del cumplimiento de las recomendaciones que la Oficina del Alto Comisionado de Derechos Humanos de Naciones Unidas (ACNUDH) formuló en su Informe emitido el 13 de Diciembre de 2019.

La acción judicial, que solicita establecer esta responsabilidad en su eventual calidad de autores, cómplices y/o encubridores, tanto en comisión activa como por omisión, de acuerdo a lo establecido en la Ley 20.357, que tipifica y sanciona los Crímenes contra la Humanidad, se fundamenta en que el Estado tiene la obligación de proteger el derecho a la vida, consagrado en distintos instrumentos internacionales.

Dentro del escrito para la ampliación de la querella, se menciona que el “Informe del ACNUDH, incluyó 21 Recomendaciones al Estado chileno, y que a la fecha están incumplidas, mencionando la obligación de ‘asegurar efectivamente que las fuerzas del orden público sigan estrictamente las normas internacionales sobre el uso de la fuerza en todo momento’, así como ‘garantizar el uso de métodos no violentos antes de recurrir a armas menos letales, y que éstas sean utilizadas, en todo momento, de plena conformidad con las normas y estándares internacionales”.

El documento recuerda también que se sugería “adoptar medidas con respecto a Carabineros para impulsar reformas estructurales que asegurar la supervisión civil y el monitoreo independiente de sus actividades, fortaleciendo la transparencia, el acceso a la información y la rendición de cuentas como principios rectores, reformar los sistemas de registros de detención a fin de garantizar que la información sea recopilada de forma íntegra, oportuna y de forma desglosada. Esta información pública debe ser fácilmente accesible para las instituciones autónomas de derechos humanos en el país y debe incluir datos sobre el uso de controles de identidad por parte de Carabineros (desglosada por edad y sexo)”.

Por todo esto, la Comisión Chilena de Derechos Humanos, solicita al Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago, que cite a declarar al Ministro del Interior y Seguridad Pública, al General Director de Carabineros de Chile, al Ministro del Interior, al Subsecretario del Interior, además del alcalde de la comuna de Panguipulli, Rodrigo Valdivia.

Fuente: Radio Universidad de Chile.

 


 

COMUNICADO DE PRENSA CCHDH:

Declarada admisible ampliación de querella por crímenes de lesa Humanidad, a propósito del homicidio de Francisco Martínez Romero, cometido por Carabineros en Panguipulli

La omisión de parte de las autoridades de Gobierno en el cumplimiento de las recomendaciones que la Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas (ACNUDH) formuló en su Informe emitido el 13 de Diciembre de 2019, permitió y facilitó, a juicio de la Comisión Chilena de Derechos Humanos, la comisión del homicidio de Francisco Martínez Romero, en pleno centro de Panguipulli, razón por la cual su presidente, el presidente y abogado Carlos Margotta Trincado, a nombre de la Comisión Chilena de Derechos Humanos, solicitó al Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago, ampliar la querella por delitos de lesa humanidad -en curso desde enero 2020- en contra del Presidente de la República, Sebastián Piñera Echeñique; del Ministro del Interior y Seguridad Pública, Rodrigo Delgado Mocarquer; del Subsecretario del Interior, Juan Francisco Galli Basili, del General Director de Carabineros de Chile, Ricardo Yáñez Reveco; y en contra de todos quienes resulten responsables.

La acción judicial, que solicita establecer esta responsabilidad en su eventual calidad de autores, cómplices y/o encubridores, tanto en comisión activa como por omisión, de acuerdo a lo establecido en la Ley 20.357, que tipifica y sanciona los Crímenes contra la Humanidad, se fundamenta en que el Estado tiene la obligación de proteger el derecho a la vida, consagrado en distintos instrumentos internacionales, “no realizando ninguna acción tendiente a la privación arbitraria de este derecho, obligaciones que han sido incumplidas desde Octubre de 2019, a la fecha”.

Hoy en Chile, Carabineros de Chile es la institución que contempla la mayor cantidad de denuncias por violaciones a los derechos humanos, incluidas la violación del derecho a la vida, con escasos avances en las investigaciones que permitan acreditar la responsabilidad tanto de los funcionarios involucrados directamente como la responsabilidad de quienes conforman la cadena de mando, incluidas las autoridades políticas, como superiores jerárquicos.

El escrito recuerda que cuatro organismos internacionales de Derechos Humanos visitaron Chile en 2019, con el objeto de constatar “las violaciones graves, masivas y sistemáticas a los derechos humanos que se estaban cometiendo a partir de Octubre del mismo año, por parte de agentes estatales en contra de la sociedad civil. Entre otras violaciones a los derechos humanos, consignaron en sus posteriores Informes, la privación arbitraria de la vida”, puntualiza.
Agrega que el “Informe del ACNUDH, incluyó 21 Recomendaciones al Estado chileno, y que a la fecha están incumplidas”, mencionando la obligación de “asegurar efectivamente que las fuerzas del orden público sigan estrictamente las normas internacionales sobre el uso de la fuerza en todo momento”, así como “garantizar el uso de métodos no violentos antes de recurrir a armas menos letales, y que éstas sean utilizadas, en todo momento, de plena conformidad con las normas y estándares internacionales”.
El documento recuerda también que se sugería “adoptar medidas con respecto a Carabineros para impulsar reformas estructurales que asegurar la supervisión civil y el monitoreo independiente de sus actividades, fortaleciendo la transparencia, el acceso a la información y la rendición de cuentas como principios rectores, reformar los sistemas de registros de detención a fin de garantizar que la información sea recopilada de forma íntegra, oportuna y de forma desglosada. Esta información pública debe ser fácilmente accesible para las instituciones autónomas de derechos humanos en el país y debe incluir datos sobre el uso de controles de identidad por parte de Carabineros (desglosada por edad y sexo)”.
ACNUDH, además, recomendó “asegurar que se reciban capacitación de vanguardia (incluyendo una perspectiva de género) respecto a los derechos humanos, en particular sobre el uso de medios no violentos para la gestión de asambleas y tácticas de reducción de hostilidades, incluir en sus regulaciones internas medidas específicas de protección para personas y grupos discriminados, en particular para personas con discapacidad, asegurar que se cumpla el deber del Estado de investigar todas las denuncias de violaciones a los derechos humanos. El Estado debe considerar si se deben adoptar medidas específicas para acelerar las investigaciones y los juicios, incluso, por ejemplo, asignando fiscales y/o jueces especializados en derechos humanos para abordarlos”.

En el escrito, la Comisión Chilena de Derechos Humanos, solicita al Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago, que cite a declarar al Ministro del Interior y Seguridad Pública, al General Director de Carabineros de Chile, al Subsecretario del Interior, además del Alcalde de la comuna de Panguipulli, Rodrigo Valdivia.