«Esta inaceptable conducta debe necesariamente llevarnos a analizar y preguntarnos acerca de cuál es la determinación que impulsa a un funcionario de las Fuerzas Armadas y de orden, a infiltrarse en manifestaciones pacíficas para transformarlas en actos delictivos», se lee en el documento presentado ante tribunales, apuntando al cabo dado de baja.


Por El Desconcierto

El Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago declaró admisible una querella de la Comisión Chilena de Derechos Humanos (CChDH) contra un ex cabo 2° de la Armada por su presunta responsabilidad en el incendio de la Iglesia San Francisco de Borja, uno de los hechos más llamativos suscitados el pasado 18 de octubre en medio de la conmemoración del primer aniversario del estallido social.

El recinto de uso de Carabineros para efectos de ceremonias institucionales, fue uno de los dos templos siniestrados en los alrededores de Plaza de la Dignidad luego de la masiva manifestación que congregó a más de 100 mil personas para conmemorar un año del inicio del movimiento social.

El ex funcionario de la Armada fue detenido en los alrededores de la iglesia realizando desórdenes públicos y al momento de su arresto, portaba una resortera, una máscara y lentes de protección, informó personal de la institución liderada por Mario Rozas en esa ocasión.

Por su parte, la entidad a la que pertenecía el acusado, informó que el cabo era parte de la dotación de la base aeronaval de Concón, y que esa jornada tenía día libre, circunstancia en la que se le detuvo en calle Ramón Corvalán, en Santiago Centro.

Acusado quedó con firma bimensual tras hechos del 18-O

Al día siguiente la justicia lo dejó con firma bimensual por los desmanes en los que participó, mientras que el 20 de octubre, la Armada lo dio de baja.

Específicamente desde la institución apuntaron al «grave incumplimiento de la normativa vigente en nuestra reglamentación, al haber participado directamente en actos que se apartan de la disciplina militar, no reflejan los principios y valores que nos guían, y afectan gravemente el prestigio institucional».

Posteriormente, la Cchdh presentó una querella por el delito de «incendio agravado» contra el ex cabo, una acción que se hace extensiva a «todos los funcionarios públicos que resulten responsables, sea en la calidad de autores, cómplices o encubridores, tanto en comisión activa como por omisión, en razón de los hechos y los argumentos de derecho», asegura la publicación de la emisora.

«Esta inaceptable conducta debe necesariamente llevarnos a analizar y preguntarnos acerca de cuál es la determinación que impulsa a un funcionario de las Fuerzas Armadas y de orden, a infiltrarse en manifestaciones pacíficas para transformarlas en actos delictivos, y en consecuencia criminalizar el legítimo derecho a la libertad de reunión, de expresión y de manifestación, cuyo contenido está consagrado en el ordenamiento jurídico nacional y supranacional», dice el documento.

En este sentido, la querella de la Cchdh también menciona como «hecho indiciario» lo sucedido con Oscar Cifuentes, alias «Giovanny Arévalo Álvarez», perteneciente a Inteligencia de Carabineros y quien se infiltró en ollas comunes en Lo Hermida. De acuerdo a la acción presentada en tribunales, operó «como verdadero agente provocador, figura delictual y ajena a la normativa vigente que permite infiltraciones o revelaciones en contexto de organizaciones expresamente definidas en la ley, para causar diversos delitos».

Fuente: El Desconcierto.

Comunicado de la Comisión Chilena de Derechos Humanos, a continuación:


Declarada admisible querella criminal presentada por la CCHDH en contra de funcionario de la Armada por ser presunto “autor material” del incendio en Iglesia San Francisco de Borja.

-Solicita a 7° Juzgado de Garantía de Santiago investigar participación de Ernesto Osorio Loyola, en hecho ocurrido en marco de protesta social con motivo del aniversario del 18 de Octubre.

Una querella criminal en contra del cabo 2° de la Armada de Chile, Ernesto Alejandro Osorio Loyola, como autor material del delito de “incendio agravado”, cometido en la Iglesia San Francisco de Borja, ubicada en calle Carabineros de Chile N°160, en la ciudad de Santiago, presentó, ante el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago, la Comisión Chilena de Derechos Humanos (CChDH).

En el escrito, el presidente de la institución, abogado Carlos Margotta Trincado, explicita que en virtud de lo dispuesto en los artículos 111 inciso 2°, 112, 113 y 172 del Código Penal, la querella se interpone en contra del cabo Osorio Loyola, funcionario público perteneciente a la dotación de la Base Aeronaval de Concón, dependiente de la Armada de Chile, y “de todos los funcionarios públicos que resulten responsables, sea en la calidad de autores, cómplices o encubridores, tanto en comisión activa como por omisión, en razón de los hechos y los argumentos de derecho” relativos a este hecho, “ocurrido el 18 de octubre 2020, durante la conmemoración del primer aniversario del estallido social”.

Osorio Loyola fue detenido, junto a otras cuatro personas, como uno de los presuntos autores del incendio, que ese día, alrededor de las 16:00 horas, afectó a la iglesia institucional de Carabineros de Chile. Al momento de la detención -según informó entonces la policía uniformada- el cabo 2° de la Armada de Chile “portaba una resortera, una máscara y lentes de protección”.

La Armada de Chile, a través de sendos comunicados de prensa, inicialmente rechazó “categóricamente la participación de cualquiera de sus miembros en este tipo de actos violentos que se alejan absolutamente de la reglamentación vigente”, para más tarde ampliar la nota, identificando al funcionario, reconociendo que su detención se había producido en el marco de “desórdenes públicos”, pero poniendo énfasis en que ese día, Osorio Loyola “se encontraba de franco”.

“Esta inaceptable conducta debe necesariamente llevarnos a analizar y preguntarnos acerca de cuál es la determinación que impulsa a un funcionario de las fuerzas armadas y de orden, a infiltrarse en manifestaciones pacíficas” para transformarlas en actos delictivos, “y en consecuencia criminalizar el legítimo derecho a la libertad de reunión, de expresión y de manifestación, cuyo contenido está consagrado en el ordenamiento jurídico nacional y supranacional”, enfatiza la querella.

En este sentido, en la querella criminal, la CChDH también menciona como “hecho indiciario”, lo acontecido con Oscar Cifuentes Salgado, alias “Giovanny Arévalo Álvarez”, otro funcionario público, perteneciente a Inteligencia de Carabineros de Chile, quien se infiltró en ollas comunes en la población Lo Hermida, en el sector Oriente de la capital, “actuando como verdadero agente provocador -figura delictual y ajena a la normativa vigente que permite infiltraciones o revelaciones en contexto de organizaciones expresamente definidas en la ley- para causar diversos delitos”.

Se agradece su difusión,
Oficina de Comunicaciones
Comisión Chilena de Derechos Humanos