“Yo creo que el vivir no significa tener que poner en riesgo tu vida, las personas de repente por silenciadas, estigmatización, por rechazo familiar, por niveles de depresión no lo hacen. Quiero empoderar a las personas para que digan ‘aquí estoy’”, sostuvo Carlos Monsalve, el recurrente del recurso judicial.


Por: El Desconcierto.

La Corte de Apelaciones de Concepción ordenó al Hospital Regional de esta ciudad, a través de una orden de no innovar, a suministrar dosis de tratamiento para el VIH por dos meses para un paciente que interpuso un recurso de protección.

Se trata de Carlos Monsalve (30), quien recurrió a la justicia luego de que el pasado 2 de junio el recinto médico le negara la opción de entregar sus medicamentos por más de un mes, como ha insistido en recomendar la ONU/SIDA y el Colmed.

Su caso se enmarca en una serie de recursos que han sido presentados por personas que viven con VIH y que ante la pandemia del COVID-19, se han visto en peligro de contagio al asistir a los centros asistenciales donde se les entregan sus medicamentos.

Es por eso que desde hace ya casi un mes que se han presentado recursos en Santiago, Iquique, Concepción, La Serena y otras localidades del país, siendo este el segundo que se resuelve a favor del demandante.

Al respecto, Monsalve dijo que “lo que me complace es que se tomen las recomendaciones que las recomienda la OMS, y además que la Cenabast dice que va a cubrir tres meses”.

Yo creo que el vivir no significa tener que poner en riesgo tu vida, las personas de repente por silenciadas, estigmatización, por rechazo familiar, por niveles de depresión no lo hacen. Quiero empoderar a las personas para que digan ‘aquí estoy’”, agregó.

En paralelo, la Comisión Chilena de Derechos Humanos expresó esta semana su «preocupación por el incumplimiento del gobierno chileno de los compromisos suscritos con la OMS y ONUSIDA, consistentes en aceptar sus recomendaciones y entregarles a las personas que viven con VIH, los medicamentos de terapia antirretroviral anticipada como tratamiento del VIH, como mínimo para 3 meses durante el tiempo de la pandemia causada por el COVID-19″.

En ese sentido, desde la Comisión destacaron que «ello no está ocurriendo, a pesar de las declaraciones de las autoridades sanitarias que afirman lo contrario, dando una falsa imagen de cumplimiento de las recomendaciones de los organismos internacionales como de sus propios instructivos (Ordinario Nº 916, de fecha 7 de abril 2020, de la Subsecretaría de Redes Asistenciales, que ordena la entrega trimestral), en claro detrimento de los afectados, los que se vieron obligados a recurrir a la justicia».

Fuente: El Desconcierto.

A continuación, comunicado de la Comisión Chilena de Derechos Humanos:


COMUNICADO PÚBLICO

La Comisión Chilena de Derechos Humanos desea expresar su preocupación por el incumplimiento del Gobierno chileno de los compromisos contraídos con la OMS y ONUSIDA, consistentes en aceptar sus recomendaciones y entregarles a las personas que viven con VIH, los medicamentos de terapia antirretroviral anticipada como tratamiento del VIH, como mínimo para 3 meses durante el tiempo de la pandemia causada por el Covid-19.

Las recomendaciones de los referidos organismos internacionales, tienen como propósito resguardar debidamente el derecho a la vida y la salud de las personas que viven con VIH, al evitarles tener que ir a retirar una vez al mes sus terapias, a lugares concurridos como son las dependencias de las unidades de farmacia ambulatoria, minimizando con ello, el riego de contagio del COVID-19.
Sin embargo, ello no está ocurriendo, a pesar de las declaraciones de las autoridades sanitarias que afirman lo contrario, dando una falsa imagen de cumplimiento de las recomendaciones de los organismos internacionales como de sus propios instructivos (Ordinario Nº 916, de fecha 7 de abril 2020, de la Subsecretaría de Redes Asistenciales, que ordena la entrega trimestral), en claro detrimento de los afectados, los que se vieron obligados a recurrir a la Justicia.

En efecto, el grave incumplimiento del Gobierno de implementar las recomendaciones de OMS y ONU SIDA, obligó a varios afectados, a interponer sendos Recursos de Protección, para garantizar su derecho a la vida y la integridad física y síquica. ( Rol Ingreso Corte Apelaciones Santiago N° 49.127-2020, caratulado Robles, Víctor Hugo contra Subsecretaría de Salud Pública y Rol Ingreso Corte de Apelaciones de Concepción N° 11.893-2020, caratulado Monsalve contra Subsecretaría de Salud Pública, entre otros).

Esperamos que los Tribunales Superiores de Justicia, conociendo de estas acciones constitucionales de Protección, restablezcan el imperio del Derecho resguardando debidamente los derechos conculcados por los actos y omisiones de la
Autoridad.

Santiago, 1° de Julio 2020